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AJUSTE DE ESTADO

El ajuste de estatus es el proceso de solicitud de residencia permanente legal, comúnmente conocida como “Tarjeta Verde”, dentro de los Estados Unidos. Para ser elegible para el ajuste de estatus, un no ciudadano debe haber sido inspeccionado, admitido o tener bajo parole en los Estados Unidos y tener una visa de inmigrante disponible de inmediato. Los requisitos de elegibilidad para el ajuste de estatus pueden variar según la categoría de inmigrante bajo la cual presente la solicitud.

PROCESO CONSULAR

El procesamiento consular es una forma en que un no ciudadano puede obtener una residencia permanente legal. Este proceso implica la interacción con varias agencias gubernamentales. Por lo general, las personas que ingresan al país sin permiso o se encuentran fuera de los Estados Unidos pueden tener que seguir este camino para obtener su residencia permanente legal.

Es fundamental que una persona consulte con un abogado de inmigración con experiencia para determinar si es elegible para el procesamiento consular. Antes de salir del país, el solicitante debe determinar primero si se aplica algún motivo inadmisible y si existe una exención aplicable. Es esencial comprender el proceso involucrado y estar completamente preparado antes de asistir a su entrevista consular. A diferencia del ajuste de estatus, el procesamiento consular requiere viajar fuera de los Estados Unidos y una entrevista con un funcionario consular para obtener una tarjeta verde.

NATURALIZACIÓN

Decidir convertirse en ciudadano estadounidense es una de las decisiones más importantes que puede tomar un inmigrante. Dependiendo de su situación, puede haber diferentes formas de obtener la ciudadanía.

La naturalización es el proceso mediante el cual se otorga la ciudadanía estadounidense a un residente permanente legal luego de cumplir con los requisitos establecidos por el Congreso en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

La adquisición de la ciudadanía se obtiene a través de padres que tienen ciudadanía estadounidense, ya sea al nacer o después del nacimiento, pero antes de cumplir 18 años.

SUSTITUIR O RENOVAR TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE

Renovar su Tarjeta de Residente Permanente (“Tarjeta Verde”) es crucial si se le emitió una tarjeta válida por 10 años que ha expirado o está programada para vencer dentro de los próximos 6 meses. No renovar de manera oportuna puede generar complicaciones, incluidos desafíos con los viajes, el empleo y el acceso a servicios esenciales. Al renovar rápidamente su Tarjeta Verde, garantiza la residencia legal continua en los Estados Unidos y mantiene su estatus como residente permanente. Además, renovar su Tarjeta Verde le permite cumplir con las leyes y regulaciones de inmigración, evitando posibles problemas legales o sanciones. No espere hasta que sea demasiado tarde: tome medidas proactivas para renovar su Tarjeta de Residente Permanente y asegurar su estatus en el país.

RRENOVACIÓN DE ACCIÓN DIFERIDA PARA LLEGADAS A LA INFANCIA (“DACA”)

El 15 de junio de 2012, el Secretario de Seguridad Nacional anunció que ciertas personas que llegaron a los Estados Unidos cuando eran niños y cumplen con varias pautas pueden solicitar la consideración de acción diferida por un período de 2 años, sujeto a renovación. También son elegibles para solicitar autorización de trabajo. La acción diferida es un ejercicio de la discreción del fiscal para diferir la acción de deportación contra un individuo durante un cierto período de tiempo. La acción diferida no proporciona estatus legal. Por el momento, los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (“USCIS”) solo aceptan solicitudes de renovación de DACA y tienen prohibido otorgar solicitudes iniciales de DACA y autorizaciones de empleo relacionadas.

VISAS HUMANITARIAS: VISA U Y LEY DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER (VAWA)

Los inmigrantes víctimas de ciertos delitos que han ayudado en una investigación o enjuiciamiento criminal pueden calificar para una visa que puede conducir a una tarjeta de residente permanente legal (“tarjeta verde”).

Para ser elegible para una visa U, la persona debe:

  • Haber sido víctima de un delito calificado o actividad similar en los Estados Unidos (o que violó las leyes estadounidenses);
  • Haber sufrido abuso físico o mental sustancial como resultado;
  • Tener información sobre el delito y haber sido útil, ser útil o probablemente ser útil para las autoridades en la investigación o el procesamiento del delito;
  • Tener una certificación de una autoridad policial federal, estatal o local que certifique su utilidad; y
  • Ser admisible en los Estados Unidos o ser elegible para una exención de inadmisibilidad.

VAWA permite que un cónyuge o hijo abusado de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal o un padre abusado de un ciudadano estadounidense solicite por sí mismo un estatus legal en los Estados Unidos, reciba autorización de empleo y acceda a beneficios públicos.

PERMISO DE VIAJE

El permiso anticipado es un documento de viaje emitido por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), que permite a ciertos no ciudadanos en los Estados Unidos salir y tratar de volver a ingresar al país después de un viaje temporal al extranjero. Los solicitantes deben obtener el documento de permiso anticipado antes de salir de los Estados Unidos. Si el solicitante abandona el país antes de que se emita el permiso anticipado, cualquier solicitud pendiente se considerará abandonada.

PAROLE IN PLACE

La bajo parole vigente permite a los no ciudadanos que llegaron a los Estados Unidos sin autorización permanecer durante un período determinado. La bajo parole vigente se concede caso por caso. La bajo parole se considera un estado de inmigración legal a los efectos de ciertos beneficios de inmigración, como la Tarjeta Verde. Puede ser elegible para la bajo parole vigente en incrementos de un año si es cónyuge, viudo(a), padre, hijo o hija de:

  1. Un miembro en servicio activo de las fuerzas armadas de los EE. UU.;
  2. Un individuo en la Reserva Seleccionada de la Reserva Lista; o
  3. Un veterano militar (ya sea vivo o fallecido, siempre y cuando no haya sido dado de baja deshonrosamente) que sirvió en servicio activo o en la Reserva Seleccionada de Ready Reserve.

PETICIÓN PARA ELIMINAR LAS CONDICIONES DE RESIDENCIA

Si se le concedió la residencia condicional (tarjeta verde de 2 años) debido a su matrimonio con un ciudadano estadounidense (USC) o un residente permanente legal (LPR), debe presentar una solicitud para eliminar las condiciones de la residencia que establecen que contrajo matrimonio. de buena fe y no por un beneficio migratorio. Si presenta esta petición conjuntamente con su cónyuge, debe presentarla durante el período de 90 días inmediatamente antes de que expire su residencia condicional. Puede presentar su solicitud para eliminar las condiciones de su residencia sin su cónyuge si éste falleció, usted está divorciado o usted y/o su hijo residente condicional fueron maltratados o sometidos a crueldad extrema. Si no se presenta esta petición, automáticamente perderá su estatus de residente permanente dos años después de la fecha en que se le otorgó el estatus condicional. Luego podrá ser deportado de los Estados Unidos.

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE EMPLEO Y RENOVACIÓN

Los no ciudadanos deben tener un estatus migratorio que los autorice específicamente a trabajar en los Estados Unidos; esto se conoce como autorización de empleo. Las personas con autorización de empleo vigente son elegibles para obtener un número de Seguro Social (SSN). La siguiente es una lista no exhaustiva de categorías que permiten la autorización de trabajo:

  1. Estado de protección temporal
  2. Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (“DACA”)
  3. Solicitantes de asilo
  4. Solicitantes de Cancelación de Deportación
  5. Refugiados
  6. Pendiente de Ajuste de Estatus
  7. Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (“SIJS”)
  8. Personas a las que se les concedió suspensión de expulsión

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